Ante las múltiples controversias surgidas tras la entrada en vigor de la ley de tasas, el Tribunal Supremo, mediante un acuerdo en pleno no jurisdiccional ha acordardo el beneficio de la asistencia jurídica gratuita tanto para los trabajadores, funcionarios, beneficiarios de la Seguridad social y sindicatos cuando interpongan tanto recurso de suplicación como de casación contra una sentencia del Juzgado del orden social.
Se garantiza por tanto la inexistencia de tasas que abonar por interponer demanda en el Juzgado de lo social así como por recurrir en suplicación o casación.
El propio artículo 119 de la Constitución española dice que “La justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.”
Y diversas leyes señalan que:
Ley 1/1996: tendrán el beneficio de la asistencia jurídica gratuita, con independencia de la inexistencia de recursos:
d) En el orden jurisdiccional social, además, los trabajadores y beneficiarios del sistema de Seguridad Social, tanto para la defensa en juicio como para el ejercicio de acciones para la efectividad de los derechos laborales en los procedimientos concursales.
Ley de la jurisdicción social en su artículo 21.5: Los funcionarios y el personal estatutario en su actuación ante el orden jurisdiccional social como empleados públicos gozarán del derecho a la asistencia jurídica
gratuita en los mismos términos que los trabajadores y beneficiarios del sistema de seguridad social”.
Ley de la jurisdicción social en su artículo 20.4: Los sindicatos estarán exentos de efectuar depósitos y consignaciones en todas sus actuaciones ante el orden social y gozarán del beneficio legal de justicia gratuita cuando ejerciten un interés colectivo en defensa de los trabajadores y beneficiarios de la seguridad social”.
El acuerdo del Alto Tribunal concluye declarando la posible inconstitucionalidad de diversos artículos de la ley de tasas de Gallardón. Cuestión que le tocará determinar al Tribunal Constitucional próximamente.
Se está convirtiendo en tónica habitual que sean los Tribunales los que marquen las líneas rojas a las acciones de los políticos. Aunque, que un Ministro de Justicia elabore una ley que vulnera la Constitución ya es bastante serio. Ministro ¿de que justicia? y ¿para quién?
Por lo menos el Tribunal Supremo lo deja claro, se puede denunciar en el Juzgado de lo social sin pagar tasas y si la sentencia no es favorable se puede recurrir sin tener tampoco que abonar nada y eso es lo importante ahora que las denuncias en los Juzgados de lo social se han disparado gracias a la reforma laboral y a la crisis galopante.
Realiza la primera Consulta laboral en "Se eliminan las tasas en el orden social para recurrir en suplicación o casación."