El Tribunal Supremo en sentencia de 20/03/2013 realiza la primera anulación de un ERE producido tras la última y polémica reforma laboral «para crear empleo» por falta de documentación que pruebe la existencia de una disminución persistente en el nivel de ingresos.
Los grandes despachos de Abogados laboralistas al servicio de las grandes empresas ya están aconsejando una revisión de la reforma laboral en materia de ERES. Proponen la eliminación del derecho a la tutela judicial efectiva para los trabajadores en aquellos casos en los que el ERE se ha alcanzado con acuerdo entre empresa y representantes de los trabajadores. Privándose por tanto al trabajador de su derecho a impugnar un ERE que el considera fraudulento.
Lo mas preocupante es que como siempre ocurre en estos casos, se mira en los países de nuestro entorno para adoptar medidas de privación de derechos y no aquellas que los aumentan. Ya hay voces que proponen adoptar la que ha entrado en vigor en Francia y que prohibe la impugnación de los despidos colectivos por parte de los trabajadores cuando han sido fruto de acuerdo.
Otras soluciones propuestas pasan por ser menos rigurosos en las formalidades que debe seguir un ERE cuando la empresa tiene sobradas razones para realizarlo.
La finalidad pretendida con la reforma laboral de agilizar el derecho de las empresas a realizar ERES, al quitar la autorización de la Administración, parece que no ha tenido el efecto esperado por el Gobierno del PP ya que tanto los Tribunales Superiores de justicia como el Alto Tribunal están poniendo freno cuando las causas para llevarlos a cabo no están suficientemente demostradas o no se cumple rigurosamente con la formalidad.
Supone por tanto un jarro de agua fría para aquellas empresas que creen que al amparo de la última reforma laboral pueden despedir de formar mas fácil y barata.
Realiza la primera Consulta laboral en "Los ERES producidos tras la reforma laboral empiezan a anularse."