Se trata de una consulta que nos hicieron recientemente en nuestra web y que hoy hacemos pública para su consulta por todos los trabajadores.
Buenas tardes, mi convenio colectivo marca el derecho a un día de asuntos propios, lo he pedido a la empresa para un día concreto y esta me lo ha denegado sin razón aparente, ¿tiene derecho a hacerlo? ¿tengo derecho a utilizar mi día de asuntos propios cuando considere necesario?
La utilización de un día de asuntos propios por parte del trabajador es un derecho que puede venir recogido en el convenio colectivo o bien en el contrato de trabajo, pero que Estatuto de los trabajadores no regula entre su contenido, por tanto si nada se dice en el contrato o convenio sobre días de asuntos propios, no se tiene derecho a ellos.
Si se reconoce como es tu caso, el derecho a un día de asuntos propios, su uso debe ser comunicado a la empresa por escrito recogiendo el día y debiendo firmarse por ambas partes. Si la empresa se niega a recoger la comunicación debe enviarse mediante burofax con acuse de recibo y certificado de texto.
Pero, ante la cuestión de si la empresa puede negarse a dar ese día de asunto propio que el convenio reconoce al trabajador que nos plantéa la consulta, la respuesta es que sí puede, cuando alegue razones organizativas de la empresa para oponerse a su concesión.
Ocurre por tanto con estos días de asuntos propios igual que con el derecho a vacaciones, que exige el acuerdo entre empresa y trabajador para poder disfrutarlo este último en las fechas que desee.
La Sentencia del Tribunal Supremo del 16 de octubre de 2012, recurso 269/2011 establece que: ” Los permisos por asuntos propio son, desde luego, tiempo de libre disposición del trabajador y no pueden considerarse trabajo efectivo. Son de libre disposición, porque sólo la voluntad del trabajador determina su disfrute, aunque por razones de organizativas obvias se prevé que las fechas de disfruten se acuerden con los respectivos mandos“
Por tanto si acuerdo con la empresa, el trabajador no puede por decisión propia coger los días de asuntos propios, ya que se enfrenta a posibles sanciones e incluso despido disciplinario.
Pero también conviene matizar que la empresa no tiene derecho a oponerse sin alegar causas organizativa motivada, ya que ello permite al trabajador denunciar ante el Juzgado de lo social con derecho no solo al día de asuntos propios en la fecha que solicite, sino también a indemnización por daños y perjuicios.
Solicité días vacaciones. Por fuerza mayor, CORONAVIRUS Y ANULACIÓN DE FALLAS
Anulo viaje y por tanto, no querer coger esos días. Lo he comentado en Admon y me comentan que como ya me firmaron el consentimiento igual tengo que cogerlo x narices aunque sea para estar en casa…Pueden obligarme a hacer eso?? Algo q socilito yo, me aprueban sin problema y al final decido no coger???
Buenas Ana, lo sentimos. La empresa podrá alegar que por razones organizativas ya tiene estructurado el trabajo para esas fechas y al ser fruto de un acuerdo y solicitado por ti, podrían negarse. Saludos.
Hola, yo tengo diabetes tipo1, y cada cierto tiempo tengo que ir a controles, analíticas, retinografias y endocrino, después de la consulta, salvo rara vez y dependiendo de la hora de entrada y salida voy a trabajar, mi pregunta es, estoy obligado a compensar esas horas o la empresa me las puede descontar de la nómina?
Buenas Giova.
Te va a resultar interesante nuestro artículo: https://laborser.es/consulta-sobre-permiso-para-ir-al-medico-resuelta-en-laborser-es/
Salvo que tu convenio diga otra cosa, te puedes ausentar pero te descuentan esas horas de nómina.
Saludos.