Consulta sobre subsidio por desempleo y límite de ingresos o rentas resuelta en laborser.es

consulta resueltaPublicamos una de las consultas resueltas en la web para conocimiento de todos nuestros lectores:

CONSULTA:

Tengo 56 años y con 55 años en el 2012 me concedieron el subsidio de 426 € hasta que me jubile si no encuentro trabajo, en marzo del 2013 retiré un fondo de pensiones de 1246,67 euros que tenía en una aseguradora, no sabía que eso cuenta como un ingreso y que tenía que declararlo. Según dice la ley no se pueden tener mas de 481 ,05 € de ingresos mensuales para tener derecho a ese subsidio, lo que yo no se es si eso es contando los 426 que me concedieron o es sin los 426. Si me pudiesen sacar de dudas se lo agradecería mucho, estoy muy nervioso y temo que me quiten los 426 del subsidio y me quede sin nada. Un saludo.

SOLUCIÓN:

Para tener derecho al subsidio de desempleo de 426 € deben cumplirse unos requisitos que vienen regulados en el artículo 215 de la Ley General de Seguridad social, y que establece:

– Tendrán derecho al subsidio por desempleo los parados que, figurando inscritos como demandantes de empleo durante el plazo de un mes, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, y careciendo de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75 por 100 del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, tengan 55 años cumplidos.

La ley no especifíca, a la hora de fijar las rentas límite que debe tener el solicitante y beneficiario, si dichas rentas son incluyendo el propio subsidio o sin incluirlo.

La renta límite es del 75% del SMI (lo que supone 483€ de renta mensual máxima) y dicha cuantía es sin incluir el propio subsidio de desempleo que se percibe.

Lo correcto, cuando se percibe el subsidio por desempleo y se va a tener un ingreso único extra en un mes concreto y que puede superar ese límite de rentas, es comunicarlo al SPEE para que proceda a la retirada del subsidio solo del mes en el que se ha superado el límite, reanudándose al mes siguiente.

La no comunicación de ingresos que puedan exceder del límite llevará al caso de que, al realizar la comunicación anual de ingresos (requisito obligatorio en el subsidio para mayores de 55 años), el SPEE detecte la superación de los límites de renta y pueda proceder a la extinción del subsidio y reclamación de todas las cuantías que considere indebidamente percibidas.

Laborser

Realiza la primera Consulta laboral en "Consulta sobre subsidio por desempleo y límite de ingresos o rentas resuelta en laborser.es"

Escribir una Consulta Laboral breve

Tu dirección de correo no será publicada.


*