Consulta resuelta: Plazo para denunciar un despido

Si nos estás leyendo porque acabas de sufrir un despido, lee detenidamente toda la información que vamos a proporcionarte en esta nueva noticia del blog de laborser.es porque vamos a darte todas las claves sobre el plazo que tienes para denunciar ante el Juzgado de lo social.

Nuestro artículo 59.3 del Estatuto de los trabajadores establece: El ejercicio de la acción contra el despido o resolución de contratos temporales caducará a los veinte días siguientes de aquel en que se hubiera producido. Los días serán hábiles y el plazo de caducidad a todos los efectos.
El plazo de caducidad quedará interrumpido por la presentación de la solicitud de conciliación ante el órgano público de mediación, arbitraje y conciliación competente.

Por tanto el cómputo del plazo se inicia el día siguiente a aquél en el que la empresa decide prescindir del trabajador y se lo hace saber.

Si el despido se lleva a cabo por escrito, en él la empresa recogerá la fecha efectiva de extinción del contrato o de cese en el trabajo, prevaleciendo aquella sobre la fecha de notificación de la carta.

Además conviene destacar que en caso de comunicarse con antelación el despido, el trabajador podrá interponer la demanda desde que recibe la comunicación sin que corran los 20 días hábiles hasta el día siguiente a hacerse efectivo el despido.

No serán días hábiles en ese cómputo de 20 días que tenemos para denunciar, los sábados, domingos, ni el 24 y 31 de Diciembre. El mes de Agosto si será hábil a estos efectos.

Excepcionalmente se permite presentar la demanda por despido hasta las 15 horas del día hábil siguiente a aquel en el que ha vencido el plazo de 20 días hábiles que tiene el trabajador.

Casos en los que el plazo de 20 días para denunciar queda suspendido

El plazo de caducidad para denunciar puede verse suspendido por diversas causas que pasamos a enumerar:

  • Por haber presentado solicitud de Abogado de oficio.
  • Por haber solicitado conciliación administrativa ante el órgano de mediación, arbitraje y conciliación (CMAC). En este caso el plazo de 20 días hábiles se suspende el mismo día que se presenta la conciliación o reclamación previa, se reanuda al día siguiente de celebrarse la conciliación o pasados 15 días sin que se celebre.
  • Por acordar empresa y trabajador someter el conflicto a un proceso arbitral para su resolución. Se reanuda una vez notificada la resolución.

Si consideras ilegal y fraudulento tu despido, no lo dudes, denuncia para conseguir que se declare improcedente o nulo.

Esta información forma parte del Curso Laboral Online AF05: Extinción de contrato, tipos, finiquito e indemnización exclusivo para la Clase trabajadora con el fin de saber sus Derechos laborales, como hacerlos valer y no ser engañados por las empresas.

No dejes que te engañen, fórmate.

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Consultas laborales resueltas en "Consulta resuelta: Plazo para denunciar un despido"

  1. buenas tardes hasta cuantos años se puede cobrar la ayudar de mayor 55 años?

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