Los Prespuestos Generales del Estado para 2013 y la Orden ESS de desarrollo ya se aprobaron y publicaron. Procedemos a exponer las principales novedades laborales para conocimiento de nuestros lectores:
– No habrá incremento de las retribuciones en 2013 para el personal del sector público.
– Durante el 2013 no se contratará personal temporal, ni funcionarios interinos, ni se autorizarán convocatorias de puestos o plazas vacantes de personal laboral, salvo en casos excepcionales para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, y siempre con la autorización previa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
– Las retribuciones del personal laboral no experimentarán ningún incremento. Para la determinación o modificación de las condiciones retributivas (retribución de nuevos puestos, firma de convenios colectivos, contratos individuales, mejoras salariales, personal contratado en el exterior, etc.) precisará informe favorable del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
– Cuando el empleado público se ausente del trabajo por enfermedad o accidente sin estar en situación de IT, se le descontará de la nómina lo previsto para la situación de IT por cada Administración Pública. Para la Administración del Estado y sus organismos dependientes, el descuento se aplicará según se establezca por Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
– Se aplicará una reducción del 20% en las aportaciones empresariales por contingencias comunes a los empleadores que hayan contratado a un empleado de hogar a partir de 1/1/2012. La bonificación será del 45% para familias numerosas.
– En caso de cambio puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural se aplicará una reducción, a cargo del Presupuesto de la Seguridad Social, del 50 por ciento de la aportación empresarial en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes. Esa misma reducción será aplicable, en los términos y condiciones que reglamentariamente se determinen, en aquellos casos en que, por razón de enfermedad profesional, se produzca un cambio de puesto de trabajo en la misma empresa o el desempeño, en otra distinta, de un puesto de trabajo compatible con el estado del trabajador.
– Se aplaza a 1 de enero de 2014 la entrada en vigor de la DA 58ª de la LGSS, que obliga a la protección frente a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a todos los regímenes del sistema de la Seguridad Social.
– Se establecen líneas de financiación para apoyo a las PYMES, las empresas tecnológicas y a emprendedores. Para disponer del crédito se precisará informe favorable de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
– Se pospone de nuevo, hasta el 1 de enero de 2014 la entrada en vigor del permiso de paternidad de 4 semanas que se estableció en la DF2ª de la Ley 9/2009.
– Con carácter general las pensiones para el 2013 experimentarán un incremento del 1%, con determinadas excepciones.
– La Base mínima de cotización se establece en 753 €.
– La Base mínima de cotización para los autónomos es de 858,60 €.
– El SMI queda en 645,30 €.
Realiza la primera Consulta laboral en "Principales novedades de los Presupuestos 2013."