Abordamos una importante cuestión sobre permiso por muerte de familiar que genera multitud controversias y que en muchos casos las empresas no conceden aprovechándose del desconocimiento por parte del trabajador/a.
Para que eso no ocurra ponemos en conocimiento de todos nuestros lectores un resumen de una de las últimas consultas resueltas en nuestra web y que además forma parte de nuestro Catálogo de Cursos Laborales Online exclusivos para trabajadores/as: Curso Laboral Online AF09: Jornada, horas extras, vacaciones y permisos.
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Buenas tardes quisiera que me aclarara cuantos días me corresponden por la muerte de mi hermano.
Falleció un domingo, día de descanso para mi y la empresa no me ha concedido permiso alguno alegando que ocurrió dentro del descanso semanal que tengo (sábado y domingo).
Creo que no es así, ¿podrían ayudarme?
Gracias.
SOLUCIÓN:
Lo primero que debemos destacar es que la duración de este permiso puede estar mejorada por el Convenio colectivo que sea aplicable. Por tanto es fundamental acudir al Convenio colectivo para comprobar los días exactos reconocidos por muerte de un familiar.
Si nada dice el Convenio, lo fijado como regla general por el Estatuto de los trabajadores en su artículo 37.3.b) es:
2 días por fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de 4 días.
Hasta 2º grado entrarían tu cónyuge, hermanos, cuñados, hijos, nietos, yerno o nuera, padres y suegros y tus abuelos y los abuelos de tu cónyuge. Con los concuñados no se tiene parentesco alguno.
Os proporcionamos un cuadro de parentescos para evitar confusiones:
En la consulta planteada la empresa alega que al ocurrir en Domingo el fallecimiento se pierde el permiso, pero no es así, en este caso el permiso sería de Domingo y Lunes. Lógicamente si la muerte se produce en Sábado, siendo el descanso semanal de Sábado y Domingo, el permiso si se pierde.
4 Importantes aspectos han de destacarse en este permiso:
1) Antes de la sentencia 257/2020 del Tribunal Supremo, el permiso comenzaba el día del fallecimiento, sea día de trabajo o de descanso para ti. Pero ésto ha cambiado y el criterio que rige actualmente gracias a la Sentencia del Tribunal Supremo 257/2020, es que todos los permisos recogidos en el artículo 37.3 del Estatuto de los trabajores deberán comenzar a disfrutarse en día laborable para el trabajador, ya que sino no tendría ningún sentido estar hablando de permiso si se comienza a disfrutar en un día festivo o de descanso.
2) Sin embargo hay que matizar que siendo el primer día de disfrute del permiso, obligatoriamente como laborable, los siguientes días se consideran naturales y por tanto incluirán descanso semanal, festivos o vacaciones. Otra matización: los días son seguidos.
3) Actualmente las parejas de hecho no se equiparan al matrimonio a efectos de permiso por fallecimiento, aunque por Convenio colectivo pueden equipararse.
4) Se viene considerando para que haya derecho a los 4 días por desplazamiento que haya al menos 200 km de ida y otros tantos de vuelta.
Según una sentencia del TS, son días laborables, NO NATURALES.
Si un familiar de 1 grado fallece un sábado, tus días de permiso son lunes y martes.
Buenas Xime, totalmente cierto, hemos hecho un parón en nuestra web que ahora retomamos con más fuerza que nunca. Vamos a proceder a actualizar y corregir los contenidos. Gracias, saludos!!!
Hola: vivo en España mi abuela murió en Santos domingo. No puedo asistir al entierro. Mi gefe dice q si no asicto al entierro no me consede los día de luto. Eso es correcto?
Buenas Moreno. Tienes derecho a tus 2 días aunque no puedes desplazarte. El no ir al entierro no supone no tener derecho a los dos días de permiso. Saludos.
mi tio fallecio y el sabado y el cepelio fue el domingo. tengo algun dia de descanso.
Por fallecimiento de tio, no hay derecho a permiso por fallecimiento ya que es 3er grado, salvo que tu convenio lo permita. Saludos.
Buenas tardes :
La madre de mi padrastro ha muerto, mi madre está casada con el , y la empresa me niega el permiso , pero he leído que al casarse con mi madre , se acogen también a los hijos como familia, por lo tanto si se reconoce eso , me correspondería algún día??
Buenas Elena, si no se produjo adopción de los hijos (osea de vosotros) por parte del nuevo cónyuge, no hay derecho a permiso. Saludos.
hola. Mi suegro esta bastante grave y esperamos su fallecimiento-
El óbito tendrá lugar en Madrid, pero será enterrado en Salamanca. ¿cuantos días retribuidos me corresponden?
He visto que esta en función del desplazamiento, peso no se si el entierro se incluye este supuesto
Buenas Rodrigo.
El fallecimiento y el entierro se consideran dos hechos ineludiblemente unidos y por tanto si como consecuencia del entierro tienes que desplazarte de Madrid a Salamanca, tendrás derecho a los 4 días de permiso.
Saludos.
Buenas mi abuela fallecio el 29 de dic pero estando en Canarias vuelve a,Cádiz dia 3. No se si tengo permiso para poder asistir al entierro
Buenas Virginia.
Son días naturales y empieza desde el día de fallecimiento, los has perdido.
Lo siento, saludos.
Hola, ayer falleció la madre de mi pareja. No estamos casados, pero somos pareja de hecho. Soy veterinaria y no tenemos convenio. Cuántos días me pertenecen y desde cuándo?
Buenas María.
Por pareja de hecho, en principio ninguno si además no tienes convenio que pueda mejorar lo que te digo.
Lo siento, saludos.
Buenos días. Esta madrugada a fallecido mi primo hermano yo vivo en Toledo y él en Alicante. Me corresponde algún día?? Gracias
Buenas Noelia.
Son 4 días como comentamos en nuestra web.
Lo siento, saludos.
Hola buenas, la abuela de mi mujer murio la madrugada del domingo al lunes y el lugar de todo es otra comunidad diferente q en la q trabajo mi convenio es el del metal, me podrian decir cuantos dias me corresponden, gracias.
Buenas Antonio.
4 días salvo que tu convenio diga que son más.
Saludos.
Hola mi abuela falleció domingo y lunes es el intierro por la mañana..mi turno laboral esta semana es de noches..al pertenecerme el lunes..siendo de noches aun me pertenece?
Buenas Soraya.
Puesto que el lunes es de permiso, la jornada laboral de hoy no debes realizarla. Sería mañana noche cuando comenzarías.
Saludos.
Mi abuelo ha fallecido esta tarde a las 6. Mi turno de trabajo es hasta las 2 de la tarde de lunes a viernes(hoy no he trabajado). El lunes por la mañana me corresponde de permiso?
Buenas Marina.
Sería sábado y domingo, lo sentimos.
Saludos.
Mi jornada es de 8:00 a 16:30. Me avisan a las 11:00 de un martes del fallecimiento de mi tía a 450km. Si me voy en ese mismo momento, cuanto me pertenece? En la empresa me indican que 1 dia. Convenio metal asturias indica fallecimiento de tío 1 dia pero nada de desplazamiento (que solo viene acogido en fallecimiento de familiares 1ª y 2ª consanguinidad)
Buenas Saul.
El permiso por fallecimiento comienza el mismo día de la muerte. Puesto que es tu convenio el que mejora lo regulado en el Estatuto y no dice nada en caso de desplazamiento, sería un día. Es correcto.
Saludos.
Buenas días.
Mi padrastro falleció el viernes y mi madre está enferma y muy afectada por la muerte necesita que yo esté con ella, trabajos en el sector de seguros, (No autonomo), puedo cogerme unos días libres para cuidar de mi madre? Ya que está enferma y no se vale por si sola.
Gracias.
Buenas Astrid.
Hay que estar a lo que tu convenio reconozca o puedas acordar con la empresa, ya que en principio no tienes derecho a permiso según las leyes generales.
Lo siento, saludos.
Mi padre falleció el domingo, ese día lo trabajé, y me tocaba librar martes y miércoles. Que días de permiso corresponden? Cuentan los de descanso?
Buenas Johnny.
El permiso comienza el día de fallecimiento. Sería Domingo y lunes y tendrías derecho a tu descanso de martes y miércoles también.
Saludos.
Y visabuela pertece?
Buenas Alba.
No, salvo que tu convenio lo reconozca.
Saludos.
Quiciera hacer la consulta siguiente:
El marido de la hermana de mi mujer murió, quisiera saber si tengo derecho a poder asistir al entierro.
Este hombre vivía en otra provincia.
Gracias
Buenas.
Por concuñado no hay derecho a permiso.
Saludos.
Buenas mi abuelo falleció a la 1 del mediodia,y yo me fui del trabajo a las 2 cuando mi jornada acababa a las 3.
Cuando empieza a contarme los días de permiso?
Buenas Francisco.
Si el día de fallecimiento hubieras trabajado, el permiso comienza al día siguiente. Saludos.
Mi abuelo murió el sábado a las 14:15, tengo dos días por su fallecimiento, pero me dicen en mi fábrica que corresponden al sábado y domingo, tienen razón?
Hola Ruben.
Si, es correcto. Lo siento.
Saludos.
Hola
Por fallecimiento de mi suegra en rumania aunque yo no vaya a desplazarme tengo derecho a pedir los dias
Buenas Anca.
Si no hay desplazamiento, no hay derecho al permiso.
Lo siento, saludos.
Mi abuelo falleció y tuve los 2 días libres, pero, esos días se pagan o no???
Buenas Sailly.
Claro que sí, son permiso retribuido.
Saludos.
Hola, mi abuela a muerto el sabado a las 22:30 y yo descanso el sabado y el domingo. Mi jornada laboral habitual es de 8 a 15:00. Me corresponden dos dias, pero que son, el sabado y el domingo o el domingo y el lunes?. La enterramos el lunes pero ya se que eso no importa
Buenas Jose.
El permiso es de días completos. Sería domingo y lunes.
Saludos.
Tengo que dar permiso por fallecimiento de tio en la empresa publica en la que trabajo cuando sí lo recoge el Convenio pero hay una Instrucción de empleados públicos que sólo reconoce permisos hasta el segundo grado?
Buenas Paloma.
Si el convenio lo reconoce, hay derecho al permiso por fallecimiento de tío. La instrucción tiene rango inferior al convenio.
Saludos.
Trabajo en un Centro de Educación Especial, Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, falleció mi suegra el miércoles a las 16:45 y estuve trabajando el mismo día por la mañana, ¿ cuándo me corresponde reincorporarme al trabajo ?
Buenas Ernesto.
El permiso comienza al día siguiente y es de 2 días (salvo que tu convenio marque más). Un mismo día no puede ser al mismo día de trabajo y de permiso.
Saludos.
Hola, mi abuelo murió el sábado alas 23:45, que días me corresponden? Cuenta el sábado aunque haya sido a esas horas? O sería domingo y lunes? muchas gracias
Buenas Gloria.
Sería domingo y lunes, ya que son días naturales y completos.
Saludos.
Hola mi padre murio en Marruecos y yo vivo en España queria saver aparte de los 4 dias que me corresponde si tengo que justificarlos gracias
Buenas Elías.
Si, libro de familia y justificante del fallecimiento.
Saludos.
Hola,
mi madre ha fallecido el domingo fuera de españa
¿cuantos dias tengo?
un saludo
Buenas Man.
4 días.
Saludos.
Por fallecimiento de abuela con desplazamiento de 50 kms ida y 50 vuelta son 4 o 3 dias .gracias
Buenas Laura.
En general son 4 si hay desplazamiento a otra localidad. Pero por convenio se puede especificar cuantos kilómetros se exigen y hay sentencias que admiten que la empresa pueda exigir más de 200 de ida y otros tanto de vuelta.
Saludos.
Hola, mi caso es el siguiente:
Un familiar de segundo grado falleció en sabado. Yo disponia de descanso sabado y domingo. POr motivos ajenos a nuestra voluntat el entierro se hizo el lunes. Teniendo en cuneta estas cicunstancias, tengo derecho a ir al funeral de mi familiar con permiso retribuido. Muchas Gracias.
Buenas Antonio.
Solicita el permiso. Al ser de 2 días y comenzar con el hecho causante de la muerte es posible que la empresa te lo deniegue al haberlo consumido ya en el sábado y domingo.
La muerte y el entierro forman parte del mismo hecho, lo que ocurre es que no hay sentencia que diga que se amplia el permiso si el entierro se dilata más de los 2 días.
Pero prueba.
Saludos.
Hola, ha fallecido mi abuela,no se si me pertenecen 2 o 4/días, hay 110 km de distancia entre la ciudad que trabajo y donde se ha producido el fallecimiento, pero tengo que cambiar de provincia, gracias
Buenas Francisco.
Solicita los 4 días de permiso ya que se requiere desplazamiento. No obstante sentencias vienen considerando que la empresa puede exigir más de 200 km de desplazamiento para el reconocimiento de los 4 días.
Si te lo exige, al menos tendrás derecho a los 2 días.
Saludos.
Hola, mi suegra murió el sábado y la enterarnos lunes.. me corresponde algún día??.. gracias
Buenas Fernando.
Solicita el permiso. Al ser de 2 días y comenzar con el hecho causante de la muerte es posible que la empresa te lo deniegue al haberlo consumido ya en el sábado y domingo.
La muerte y el entierro forman parte del mismo hecho, lo que ocurre es que no hay sentencia que diga que se amplia el permiso si el entierro se dilata más de los 2 días.
Pero prueba.
Saludos.
Hola: aunque no viaje el funeral (es en Argentina),¿me corresponden los dos días? Trabajo en Mallorca.
Gracias.
Buenas Gustavo.
Si no hay desplazamiento no hay derecho al permiso.
Lo siento, saludos.
Hola, se ha muerto el abuelo de mi marido, me dan cuatro dias de permiso, pero el dia fallecimiento trabaje, desde que dia empieza a contar esos 4 dias??
Buenas María.
Los días de permiso, son días completos, por tanto comienza desde el día siguiente.
Saludos.