Consulta resuelta: Pagas extras estando de baja.

Abordamos en esta ocasión la problemática sobre como afecta estar de baja, con reducción de jornada o diferentes formas de suspensión de contrato a la cuantía de las  pagas extras.

Destacar que nuestro Estatuto de los trabajadores, en lo que aún no ha modificado el Gobierno, reconoce en su artículo 31: El trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año (al menos), una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores. Igualmente se fijará por convenio colectivo la cuantía de tales gratificaciones.

No obstante, podrá acordarse en convenio colectivo que las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en las doce mensualidades.

Normalmente su cuantía viene determinada por la suma de salario base más plus de antigüedad, no obstante hay que estar a la regulación concreta de cada convenio o contrato de trabajo para saber exactamente que determina su cuantía.

¿Cómo se cobran las pagas extras?

1º) En los meses concretos que se fije pudiendo ser semestrales o anuales.

Semestrales: cada paga se genera y se percibe en cada semestre. Si se empieza a trabajar en una empresa con pagas extras semestrales el 1 de Septiembre, no se tendría derecho a la paga extra del primer semestre del año pero si se tendría derecho a la proporción de 4 meses de trabajo (Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre) de la paga extra del segundo semestre.

Anuales: Cobrada la paga, comienza a generarse la del año siguiente. Si se trabaja en una empresa teniendo 2 pagas extras anuales a percibir una en Julio y otra en Diciembre y se extingue el contrato el 31 de Octubre de 2014, se tendría derecho a la proporción de la paga de Julio de 2015 generada en los meses de Agosto, Septiembre y Octubre; y a la paga de Diciembre de 2014 en la proporción generada en los meses que van desde Enero a 31 de Octubre.

2º) La otra modalidad para cobrar las pagas extras es de forma prorrateada todos los meses en la nómina.

¿Qué ocurre si estoy de baja por incapacidad temporal?

El tiempo que se está de baja el contrato de trabajo se encuentra suspendido, por tanto no se genera derecho a pagas extras en los días que se esté de baja (salvo que el convenio colectivo diga lo contrario).

Anuncio cursos azul AF06Por tanto si estamos unos días o meses de baja percibiremos la proporción de pagas extras que nos corresponda en función del tiempo trabajado.

Recordar que la propia prestación lleva incluida en su cuantía el prorrateo de las pagas extras ya que para calcular la prestación se toma la base de cotización del mes anterior a la baja y ésta lleva siempre prorrateada las pagas extras a que tenga derecho el trabajador en el año.

Si el convenio colectivo reconoce el tiempo de baja por IT como de trabajo efectivo se tendrá derecho a la paga extra íntegra junto a la prestación por IT sin descuento alguno.

¿Qué ocurre si se está de baja por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo o lactancia?

Supone la suspensión del contrato de trabajo y por tanto durante el tiempo que se esté de baja no se genera por esos días derecho a pagas extras, debiendo calcularlas en proporción al tiempo que si se esté trabajado.

¿Qué ocurre si estoy en reducción de jornada por cuidado de hijo o familiar?

El porcentaje de reducción que sufra la jornada afectará en igual proporción a las pagas extras que se generen por el tiempo de reducción. Por tanto si en el año hay unos meses a jornada completa y otros con reducción de jornada, habrá que calcular las pagas extras teniendo en cuenta la proporción en jornada completa y la proporción con jornada reducida.

¿Qué ocurre si estoy en excedencia, huelga, sanción de suspensión de empleo y sueldo o ERTE?

El tiempo que se estén en excedencia no se generan pagas extras, al igual que en el ERTE de suspensión de contrato, huelga o sanción de suspensión de empleo y sueldo. No obstante por convenio colectivo puede reconocerse el derecho a pagas extras en estos casos.

En el ERTE de reducción de jornada, las pagas extras que se generen durante ese periodo de tiempo irán a proporción de la jornada reducida que se tenga.

¿Cómo se reclaman diferencias en las pagas extras?

Mediante reclamación de cantidad ante el SMAC. Se citará a las partes en conflicto y en presencia de un Mediador se tratará de llegar a un acuerdo en los pagos.

Si no hay pago o no se llega a acuerdo debe presentarse la reclamación ante el Juzgado de lo social.

Esta información forma parte del Curso Laboral Online AF06: Seguridad social, salario, nómina, cotización y FOGASA exclusivo para la clase trabajadora con el fin de saber sus derechos laborales, como hacerlos valer y no ser engañados por las empresas.

No dejes que te engañen, fórmate.

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Consultas laborales resueltas en "Consulta resuelta: Pagas extras estando de baja."

  1. Llevo 5 días de baja
    Llevo trabajando desde septiembre pero me finiquitaron en noviembre. Tengo otro contrato desde noviembre hasta el 10 d abril. Y el uno d marzo tuve accidente laboral. Si la paga extra se paga el 15 de marzo. Que cuantos debería cobrar?
    O por estar de baja no cobro.

    • Buenas Cristobal. Salvo que tu convenio diga algo mejor, el tiempo de baja no computa para calcular tus pagas extras. Del cálculo de la paga a que tienes derecho tendrás que descontar el tiempo no trabajado. Saludos.

  2. Buenos días me he llevado 1año y 2 meses de baja por A.T. me gustaría saber si la paga de beneficio la debo de cobrar integra

    • Buenas Mar, si no está sujeta o se vincula a tu rendimiento en el trabajo o es una paga que se va generando con tu trabajo en la empresa, en principio deberías tener derecho a esa paga de beneficios. Tendrías que mirar si esa paga tiene condiciones recogidas en tu convenio colectivo. Saludos.

  3. Hola, estoy de baja por riesgo de aborto y queria saber si en junio me perteneceria cobrar la paga extra

    • Buenas Pepa.

      Estando de baja no se genera derecho a pagas extras salvo que tu convenio colectivo lo permita. Dependiendo de si es semestral o anual tu paga extra y desde cuando llevas de baja si puedes tener derecho a la proporción por el tiempo trabajado.

      Saludos.

  4. Hola.He estado de baja desde el 22 de julio hasta el 12 de diciembre. Estoy en el convenio de construcción de Segovia. Quería saber si tengo derecho a paga de navidad.

    • Buenas Felix.

      Revisa por tu convenio si son pagas extras semestrales o anuales, si son anuales si percibirás la proporción por lo trabajado este año, si son semestrales también pero en muy pequeña cuantía ya que la paga extra de navidad se va generando de Julio a Diciembre.

      Saludos.

  5. Mi marido lleva de baja de julio y a combrado paga 250 cobra 1200 mes

    • Buenas Pilar.

      Entiendo entonces que tiene paga extra semestral y solo ha cobrado en Diciembre la proporción de paga extra por lo trabajado en los días de Julio. Por el tiempo de baja no se genera paga extra.

      Saludos.

  6. Buenas,
    Estoy de baja desde el día 2 de noviembre por enfermedad común. Noviembre lo cobré con el % reducido, el mes de diciembre voy a cobrar la paga extra? Se que la mutua paga la paga extra prorroteada en función del último mes trabajado. De julio a octubre sí trabajé, pierdo mi paga extra de 4 meses trabajando por coincidir mi baja justo en diciembre?

    • Buenas Laura.

      La paga de Diciembre la percibes pero descontando el tiempo no trabajado si las tienes enteras. Si las tienes prorrateadas, en el mes de baja completa no percibes nada.

      Saludos.

  7. Hola.Pertenezco al convenio siderometalurgico de Gipuzkoa.He estado de baja desde abril del 16 hasta diciembre del 17,cuando se me ha denegado incapacidad.Mi convenio establece la I.T (laboral o común)como trabajo efectivo.Tengo derecho a la extra en su integridad total?La anterior Julio/17 me dieron pero menos cuantía.

    • Buenas Manolo.

      Buen convenio!!! En el norte todavía se luchan con determinación los intereses de los trabajadores!!! En este caso, si el convenio lo reconoce como trabajo efectivo, la extra la cobras en su integridad. No obstante revisa el apartado del convenio dedicado a pagas extras para ver si pone alguna condición.

      Saludos.

      Saludos.

  8. Buenos días, estoy de baja por accidente laboral desde el 18 de octubre, he cobrado las nóminas al 100%, pero me ha llegado la extra con una deducción por los 43 días de I.T., esto es correcto?. Pertenezco al sidero de Sevilla. Gracias y saludos.

  9. He estado de baja desde el 16/06/17 al 17/10/17,cómo calculo la paga extra?
    Cobro dos pagas al año.
    Gracias y un saludo.

    • Buenas Marta.

      Mediante regla de 3, si trabajando los 365 días tengo derecho a x (lo que te correspondería), trabajando solo …los días que sean…tengo derecho a y

      Si son semestrales serías los días que tenga el semestre.

      Saludos.

  10. Miquel Àngel Julià | 21 diciembre, 2017 en 8:30 am | Responder

    Buenos días, estoy e el convenio de construcción de Baleares, he estado 60 días de baja por accidente laboral, va a reducir esto la cantidad que cobro normalmente en mi paga extra de navidad.
    Muchas gracias.

    • Buenas Miguel.

      Si. Salvo que tu convenio diga que tienes derecho a tu paga extra integra aunque hayas estado de baja, se reducen en proporción al tiempo que no has trabajado.

      Saludos.

  11. Hola.. Estoy de baja del 3 de julio y cobre l paga de junio normal pero l de diciembre he cobrado 350 cuando m paga extra es de 650 yo cobro al mes 630 m guastaria saber si esta bien.. Gracias

    • Buenas Sandra.

      Tienes pagas extras de tipo anual y la generas desde el mes siguiente a que percibiste la de 2016, osea desde Enero 2017. Como solo has trabajado 6 de los 12 meses es correcto que cobres la proporción a lo trabajado en el año.

      Saludos.

  12. Hola me llamo jesus. Llevo de baja 8 meses por dos operaciones y me gustaria saber si tengo derecho a la paga de navidad

  13. Hola buenas….a ver yo estoy cobrando paro,y ahora por el paro la baja por maternidad,tengo entendido que pagan algo de paga extra por navidad,pero lo que no me queda claro es,estando yo en paro y cobrando la maternidad por la seeguridad social yo tambien tendria derecho?

  14. Hola. Yo he estado en baja paternal los 28 días. La empresa me desconto de la paga de diciembre los 28 días. Es normal y legal que haga esto. Gracias. Un saludo.

  15. Buenas noches, en el mes fe septiembre estuve 11 días de baja por enfermedad común, este mes al cobrar la paga extra que es semestral me han descontado 2 días con su plus de antigüedad. Es normal que por once días de baja en un semestre te descuentes dos? Muchas gracias

  16. Hola llevo de baja 6 meses me corresponde toda la paga extra de diciembre??? Gracias

    • Buenas Judit.

      No, salvo que tu convenio reconozca derecho a percibirla integramente. Si es paga anual percibes la mitad solo, si es paga extra de tipo semestral no percibirías nada.

      Saludos.

  17. Hola estoy de baja laboral desde el 21 de noviembre tengo 2 pagas al año de 600e cuanto me quitaran de la de navidad gracias

    • Buenas Toñi.

      Te calcularán la paga en la proporción que corresponda por lo trabajado desde el mes siguiente a que percibiste la del año pasado (si es paga extra anual) o en proporción a lo trabajado este semestre si es paga extra semestral.

      Saludos.

  18. Estuve de baja 18 meses debido a una operacion,me dieron de alta, y volvi a cojer baja por ansiedad
    Mi pregunta es
    Porque la paga extra de Navidad no la he cobrado como en el año anterior?

    • Buenas Petra.

      Las pagas extras se cobran en función de lo trabajado en el año o en el semestre al que pertenecen (según sean anuales o semestrales).Como llevas más de un año de baja no tienes derecho ya a ninguna.

      Lo siento, saludos.

  19. En marzo cogí la baja porque estaba embarazada y mi hija queria nacer,al final nació en junio y el 24 de octubre volví al trabajo. Me han dado la paga y he cobrado mucho menos,a que se debe?

    • Buenas Carol.

      Estando de baja, la paga se calcula solo en proporción a lo trabajado en el año, salvo que tu convenio diga que tienes derecho a la paga integra aunque estés de baja.

      Saludos.

  20. Buenas llevo de baja 1 año y 2 meses por enfermedad comun yo cobre mi paga de junio tengo 3 marzo junio y diciembre este mes deberia cobrar la de navidad pero me dicen que no tengo derecho por llemar mas de un año de baja estos es asi? No lo entiendo espero me ayuden un saludo gracias de antemano

    • Buenas Natalia.

      Es correcto. Salvo que tu convenio reconozca derecho a paga integra estando de baja, solo percibes la proporción por lo trabajado y puesto que llevas más de un año de baja en estos momentos, la paga de Diciembre no tendrías derecho a percibirla.

      Lo siento, saludos.

  21. Trabajo en un centro de dia en madrid y llevo de baja por enfermedad comun desde el 23de octubre,hoy he recibido mi paga extra,en la cual me han quitado 349euros,que me parece una barbaridad,quisiera saber si es asi,o me han quitado mas dinero de lo debido,gracias

    • Buenas Yolanda.
      Se calcula la paga a proporción de lo trabajado en el año (si es anual) o de lo trabajado en el segundo semestre si es semestral.

      Haz una regla de tres con respecto a la del año pasado y compara para ver si hay demasiada diferencia.

      Saludos.

  22. ¡Hola!
    Estuve un mes de baja por empresa, no por Seg. Social y ahora al percibir la Paga de Navidad no me la han pagado íntegra.
    Yo tengo entendido que debo percibirla toda, o eso me han dicho.
    Podrían aclararme las dudas.

    • Buenas Noeli.
      La cobras integra sólo si tu convenio así lo reconoce.
      Sino, cobrarías solo la proporción por lo trabajado en el segundo semestre (si es paga extra semestral) o lo trabajado en el año si es paga extra anual.
      Saludos.

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